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Órgano de deliberación y decisión
La máxima instancia de deliberación de la Caja de Seguro Social, es su Junta Directiva. La misma está conformada por la representación gubernamental a través del Ministerio de Salud y el Ministerio de Economía Y Finanzas; los Empresarios, los Pensionados y Jubilados; el Sector Obrero, los Empleados Públicos, el Sindicato de Empleados del Comercio, los Trabajadores de la Salud , la Contraloría General de la República y la Caja de Seguro Social.
Las bases fundamentales de la seguridad social en nuestro país se han enmarcado principalmente bajo los principios de SOLIDARIDAD, EQUIDAD Y JUSTICIA SOCIAL; bajo estos conceptos se desarrolla el quehacer de cada uno de los miembros de la Junta Directiva ; sobre todo, en función de una clara visión y de las perspectivas de los vertiginosos cambios que gravitan nuestro entorno institucional.
La compleja estructura de la CSS , aunado a sus extraordinarias dimensiones; una institución que supera los 20 mil funcionarios, con un presupuesto anual que promedia los mil 300 millones de balboas, con unidades ejecutoras en diferentes regiones, incluso en apartados lugares del país, que atiende más de 140 mil pensionados y jubilados y que tiene activos que superan los seis mil millones de balboas; representan, entonces, las sesiones de la Junta Directiva de la CSS , una sagrada misión cuyo afán primordial es el beneficio de todos los derechohabientes de nuestra institución.
Es por ello que no es extraño encontrar el pleno de la Junta Directiva reunidos en diferentes lugares, a veces remotos, buscando alternativas que coadyuven a la solución de los problemas que se presentan a lo largo y ancho de todo el territorio nacional.
En los debates de la Junta Directiva se abordan los temas estratégicos en materia de adquisición de costosos equipos de tecnología de punta, medicamentos, construcción de nuevas edificaciones, aprobación de compras de materiales, además de la revisión presupuestaria, que entre otros aspectos fundamentales, hace posible la adecuada administración de la Caja de Seguro Social.
El contacto con diferentes comunidades, permite a la Junta Directiva de la CSS tratar directamente con los asegurados del país, que facilita igualmente, la fiscalización del buen uso de los recursos de la institución y los sectores organizados a través de sus líderes asumen el compromiso de colaborar con cada uno de los proyectos que sean aprobados para su ejecución por la Junta Directiva de la Caja de Seguro Social.
Los Miembros de la Junta Directiva de la Caja de Seguro Social son conscientes de la realidad actual que vive nuestro país, inserto en la política de la apertura de mercado, de la globalización que exige cambios y adecuaciones de cara a un nuevo concepto de modernización y que por tanto, como institución no puede quedar rezagada ante la novedosa realidad, que obliga a tomar decisiones de trascendencia, pero que a la vez permita mantener y preservar la institución bajo esos sagrados principios como base fundamental de su existencia.
Son facultades de la JUNTA DIRECTIVA (*)
- Mantener una definición de metas y objetivos institucionales, en materia de Salud y Seguridad Social, a largo, mediano y corto plazo.
- Mantener una estructura de organización que pueda alcanzar las metas y objetivos institucionales.
- Velar por el adecuado funcionamiento institucional y el cumplimiento de los objetivos.
- Son facultades y atribuciones de la Junta Directiva :
- Orientar y vigilar el funcionamiento de la Caja de Seguro Social.
- Dictar y reformar los reglamentos y los acuerdos de carácter normativo.
- Crear o suprimir las direcciones regionales, agencias, direcciones, departamentos, secciones, comisiones y cargos que fueren necesarios para la buena marcha de la Caja de Seguro Social, señalar sus funciones y fijar los sueldos correspondientes.
- Aprobar los presupuestos de ingresos y egresos y el plan anual de inversiones, para el año siguiente, a más tardar el quince (15) de agosto de cada año; Los cuales serán remitidos oportunamente al Organo Ejecutivo para su inclusión en el Proyecto de Presupuesto General del Estado.
- Aprobar los Balances Generales de la Caja de Seguro Social.
- Autorizar las inversiones de la Caja de Seguro Social.
- Autorizar en cada caso los gastos de la Caja de Seguro Social, que excedan de veinte mil balboas (B/.20,000).
- Insistir por mayoría absoluta de votos en el cumplimiento de las resoluciones y acuerdos objetados por el Director General.
- Solicitar al Organo Ejecutivo, la remoción del Director General dentro de las condiciones del Artículo 21 del Decreto Ley No.14 de 1954.
- Conocer y decidir todas las apelaciones en contra de las resoluciones y decisiones que dicte la Dirección General.
- Fijar el tipo de interés de las inversiones y aprobar la tasa actuarial y demás bases técnicas que se utilicen en los cálculos de financiamiento, para la determinación de los costos de los beneficios que concede esta Ley.
- Cada cinco (5) años, o antes si lo estima conveniente, ordenará revisiones actuariales del financiamiento de la Caja de Seguro Social.
- Conceder Becas y Auxilios para realizar estudios de acuerdo con el Reglamento de la Institución.
- Fijar y exigir fianzas de manejo.
- Ejercer todas las demás funciones que sean de su competencia.
(*) Artículo 17 de la Ley Orgánica de la Caja de Seguro Social.
MIEMBROS DE LA JUNTA DIRECTIVA
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